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Se simplificó y modernizó el trámite para obtener la Libreta Sanitaria

Martes, Julio 7, 2020 - 17:34

El ahora denominado Documento Sanitario tiene una vigencia de dos años, y se puede obtener de manera más rápida y simple a través de un trámite con turno que se gestiona a través de la página web municipal. A fines de 2019, el Concejo Deliberante actualizó la reglamentación relacionada a la manipulación de alimentos que no se había modificado en más de 40 años.



En el marco de las tareas de modernización que viene encarando la gestión municipal en todas sus áreas, la Municipalidad de Corrientes simplificó el trámite para obtener la Libreta Sanitaria, lo que permitirá realizar un trámite de manera sencilla.
Las personas interesadas en gestionar una nueva documentación o renovarla, deberán solicitar turno ingresando a la página web municipal: www.ciudaddecorrientes.gov.ar , ir a Guía de Trámites, Bromatología, Libreta Sanitaria, Turno Libreta Sanitaria, o bien acceder al link:  http://ciudaddecorrientes.gov.ar/tramites/bromatologia/libreta-sanitaria
“Esta simplificación es un claro paso de modernización interna que repercute directamente en un servicio al vecino de la ciudad”, afirmó el secretario de Coordinación de Gobierno, Hugo Calvano, quien destacó que “era uno de los tantos requerimientos que recibíamos del sector comercial”.
En ese sentido, Calvano resaltó que la validez de la Libreta Sanitaria “le genera un ahorro económico al particular porque lo puede hacer cada dos años y anteriormente lo tenía que hacer anualmente”.
Por su parte, el secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Javier Rodríguez, indicó que "desde la sanción de la ordenanza se transformó el sistema en beneficio de los vecinos que pueden obtener su Libreta Sanitaria en pocos minutos".
Entre tanto, el funcionario señaló que "desde los primeros días del mes de mayo se reactivó el sistema que otorga 46 turnos por día, con un espacio de 15 minutos, lo que evita una aglomeración dentro de la secretaría cumpliendo con la norma de distanciamiento social".
La oficina de Documentación Sanitaria funciona en calle Brasil 1251, en días hábiles y horario corrido de 7:00 a 19:00. Los turnos web se otorgan cada 15 minutos, por lo que por día se atiende actualmente hasta 48 solicitudes, con todas las medidas de distanciamiento social requeridas.
Desde el 4 de mayo, fecha en que se inició la implementación del trámite de turnos a través de la web, se otorgaron 700 documentos o libretas sanitarias.
Cabe destacar que una vez obtenido el turno, el interesado deberá concurrir a la oficina de Documentación Sanitaria el día y hora indicado, y solo podrá ingresar 10 minutos antes, con una tolerancia de 10 minutos después del turno, siempre en el marco de las acciones de distanciamiento social y prevención del Covid-19.
Una vez que se presenta en recepción, el ciudadano deberá confirmar el turno con la persona a cargo de esa tarea, quien también actuará como orientador en el trámite.

TRÁMITE DINÁMICO

Quienes lograron renovar u obtener su Libreta Sanitaria, remarcaron la rapidez del trámite. “La atención en la mesa de entrada fue muy buena y obtener la libreta fue re ágil”, aseguró Fabián López, quien detalló: “Hice los papeles, saqué un turno y en 20 minutos me dieron mi libreta sanitaria por dos años”.

ORDENANZA ACTUALIZADA

Después de años sin actualizarse, la regulación del Documento Sanitario fue aprobada a fines de 2019 por el Concejo Deliberante capitalino, a instancia de una propuesta elaborada por el Departamento Ejecutivo.
La ordenanza Nº 6836 reemplaza a la Nº 907/77. En este caso se tuvo en cuenta que en materia ambiental y de salud han surgido modificaciones naturales y patologías propias de la realidad actual que condicionan las actividades y demandan un mayor control y medidas por parte del municipio para que las actividades sean controladas conforme a normativa que regulen y fiscalicen sus condiciones de acuerdo a las necesidades del presente y futuro.
El ahora denominado Documento Sanitario es el certificado de salud que los trabajadores de diversas actividades deben tramitar realizando estudios para detectar algunas enfermedades de transmisión alimentaria, infecciosa y/o sexual, a efecto de evitar su propagación, realizando el diagnóstico precoz y el tratamiento oportuno del trabajador.
La habilitación es ahora extendida por la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable, y pasó de tener vigencia por un año a durar dos. En la nueva reglamentación, lo más importante es que se eximió a los que trabajan con alimentos.
Hasta el año pasado, a cualquier persona que tenga contacto con otra persona se exigía la libreta sanitaria. A partir de la sanción de la ordenanza Nº 6836,  ya no se exige a aquellos que sirven los alimentos, como por ejemplo aquellos que trabajan en rotisería, mozos o en supermercados.

¿QUIENES ESTÁN OBLIGADOS A REALIZARLO?

El documento es obligatorio para:
a)      Personal que desempeña tareas administrativas en locales de comercio, fábricas y talleres que por su actividad tengan contacto directo con personas.
b)      Servicios sociales: personas a cargo del cuidado de lactantes, niños y ancianos en guarderías, jardines maternales, comedores comunitarios, hogares o establecimientos geriátricos, asilos y en atención de personas con necesidades especiales.
c)      Servicios de peluquerías y afines: personal que se desempeña en peluquerías, institutos de belleza, Spa y saunas;
d)      Natatorios: personal que se desempeña en natatorios públicos, comerciales y semipúblicos.
e)      Hoteles y afines: personal que se desempeña en tareas de limpieza y afines en pensiones, hoteles de alojamiento, apart hotel, hostal y albergues transitorios.
f)       Actividades vinculadas con la aplicación de tatuajes, perforaciones, micro pigmentación u otras similares.

REQUISITOS

Los estudios médicos que se exigen son: hemograma, glucemia, c) VDRL, radiografía de tórax, chagas, vacuna anti hepatitis B, vacuna doble adulto, que deberán ser validados por el Colegio de Bioquímicos de la provincia de Corrientes, además del pago de las tasas correspondientes que serán fijadas por Resolución del Departamento Ejecutivo, y la presentación de DNI.

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