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Debido a la emergencia sanitaria se restringen actividades comerciales en la Ciudad

Jueves, Marzo 19, 2020 - 08:30

La Municipalidad recuerda que actividades están permitidas realizar, con restricciones en cuanto a la concentración de personas, y las que están vedadas. Es por la aplicación del decreto provincial y las resoluciones municipales que establecen la emergencia sanitaria en Corrientes debido a la situación epidemiológica por el dengue y las acciones de prevención por la amenaza del coronavirus.



La Municipalidad de Corrientes, a través de la Secretaría de Desarrollo Económico, informa acerca de las actividades comerciales que se encuentran permitidas realizar, aunque con restricciones en cuanto a la concentración de personas, y las que están vedadas de llevar adelante, a raíz de la emergencia sanitaria establecida por el Gobierno Provincial y la comuna capitalina.

En el Decreto se deja expreso que se prohíbe “la concentración de personas en ámbitos de mero esparcimiento que a criterio de la autoridad sanitaria correspondiente constituyan un lugar propicio para la transmisión de Dengue y Coronavirus”.

En tanto, la resolución municipal que adhiere al decreto de referencia, autoriza “a la Subsecretaría de Comercio a adoptar las medidas necesarias de carácter progresivo, respecto a la afluencia de personas en comercios, destinadas a prevenir la transmisión de la enfermedad, así como también de las acciones de prevención a llevar adelante, de acuerdo a las recomendaciones de la autoridad de salud pública”.

Por ello se deberá restringirse la concentración de personas a efectos de evitar el contagio y propagación del dengue y coronavirus. Los comercios, sólo podrán atender al público en tanto cuenten con puerta a la calle, y sean atendidos a través de turnos o tomen las medidas necesarias para restringir la concentración de personas.

Por ello no está permitido el funcionamiento de cines, teatros, casinos, shopping, paseos de compras, entre otros donde se concentran muchas personas.

Los bares, restaurantes y carros gastronómicos, sólo podrán ofrecer servicio de mandado a domicilio y/o retiro en mostrador del local, previendo medidas de seguridad para la espera de la entrega (delivery).  Quedan prohibidas las mesas para evitar la permanencia en los locales de los clientes.

Las actividades que por las características del negocio puedan administrar turnos, deberán hacerlo evitando concentración en la espera. Ejemplo: kinesiólogos, odontólogos, centros de estética, entre otros.

Se encuentra prohibido el funcionamiento de los establecimientos que desarrollan actividades grupales y/o que generen concentración en sus salones de entrenamiento, como son los casos de gimnasio tradicional, clases grupales, etc.

Mientras que los centros de entrenamientos, o entrenamientos personalizados que se administran con turnos, como ser el caso de rehabilitaciones o actividad física prescripta, deberán guardar la misma lógica que el de las estéticas y las atenciones médicas.

El secretario de Desarrollo Económico Juna Esteban Maldonado Yonna “invitó a los comerciantes a comunicarse con la secretaria a fin de evacuar todas las dudas respecto a las actividades permitidas y cuales pueden funcionar con restricciones, el objetivo principal de esta normativa es evitar la mayor concentración de gente, y que las actividades que no son esenciales en este momento no se estén desarrollando, mientras dure la emergencia sanitaria”.

Quienes no cumplan con las restricciones, serán pasibles de la clausura y se les aplicará la multa dispuesta por la Ordenanza que regula la actividad.

Cabe destacar que las actividades comerciales definidas como esenciales si podrán funcionar como establecimientos de ventas de alimentos, medicamentes e insumos de higiene personal como kioscos, maxikioscos, supermercados, hipermercados, mercado central y de productos frescos y de abasto, también los Almacenes, autoservicios y farmacias.

Estos comercios estarán abiertos y podrán funcionar con medidas para restringir la concentración de personas. Para ello se recuerda la importancia de evitar filas, la distancia prudencial que los mismos comerciantes deben promover entre unos y otros clientes, la disponibilidad de alcohol en gel, jabón líquido y agua. 

CANAL DE CONSULTAS Y DENUNCIAS

Se podrán realizar consultas respecto a la operación de los comercios a la Subsecretaría de Comercio del municipio, vía Whatsapp (no audios), a los siguientes teléfonos: Comercios en general, al 3794266044 (Dirección de Habilitaciones); Vías y Espacios Públicos, al 3794265901 (Dirección de Vías y Espectáculos Públicos). 

En tanto que el número telefónico 911 y el teléfono municipal 0800 5555 6864 se encuentra habilitado como canal de denuncia de aquellos establecimientos comerciales y no comerciales que evadan la normativa establecida y tengan concentración de gente.
 

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