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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL TRIBUNAL DE FALTAS

La superintendencia y el control de las obligaciones de los funcionarios que integran los Tribunales Administrativos de Faltas son competencia de la Administración General del Tribunal de Faltas, actualmente a cargo del Dr. Andrés Angelina.  
La Administración se encarga de recibir de las distintas Direcciones Municipales, las actas de constataciones de infracciones confeccionadas por las mismas. Además, vela por el correcto diligenciamiento de las notificaciones, citaciones y la derivación de las causas a los Juzgados de Faltas cuando corresponda.  
La Administración General del Tribunal de Faltas atiende al público en Av. Artigas 1131, todos los días, incluido feriados. Durante el turno mañana,  de lunes a viernes, cuenta con 5 boxes de atención en funcionamiento, uno de ellos dedicado exclusivamente a atención preferencial mientras que los demás se dedican a trámites de pago voluntario de multas, libre deuda y libramiento de secuestros.  
Además, se cuenta con una sucursal de la Caja Municipal para realizar el pago de infracciones. Recordá que las infracciones pasibles de pago voluntario tienen un descuento del 50 %, siempre que se realicen dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente. 

Más información sobre pago de infracciones y consulta de libre de deuda en:

http://bit.ly/PagodeInfracciones

http://bit.ly/ConsultadeInfracciones

http://bit.ly/CertificadoLibreDeuda

Para consultar tus infracciones, obtener tus boletas de pago y realizar descargos

  • Llamando al 0800-5555-MUNI (6864)

 

Administrador General

Dr. Andres Angelina

Coordinador General

Dr. Francisco Javier Olaondo

DIRECCIÓN DE ANIMALES SUELTOS: 

Desde el año 2019, se cuenta en la Administración General con una dirección dedicada exclusivamente a  los trámites pertinentes al libramiento de equinos.  
Los trámites y la obtención de información relativa al retiro de equinos, pueden realizarse todos los días de Lunes a Viernes de 8 a 12:30hs.

Requisitos para el retiro de equinos:

  • Fotocopia de DNI del titular o poseedor
  • Exposición policial (PRI) que acredite la titularidad.
  • Guía o título del animal

 

TRÁMITE DE SECUESTRO: 

Para los casos de trámites abreviados:

  • Lunes a Viernes de 7:30 a 18:30hs  
  • Sábados, Domingos y Feriados de 8 a 16:00hs.  

Para información sobre trámite de secuestro de casos gravísimos (alcoholemia, etc):

  • Lunes a Viernes de 10:30 a 12:30hs  

Una vez que el rodado se encuentre en depósito los titulares y/o poseedores legítimos, podrán realizar el trámite para retirarlo ante la Administración General de Tribunales de Faltas, área administrativa que tendrá a su cargo la aplicación del trámite abreviado de entrega de vehículos bajo retención preventiva. Los gastos de remoción, traslado y guarda serán a cargo del titular o quien retire el mismo, conductor o tenedor de la unidad. A los efectos de la infracción labrada con motivo del retiro de la vía pública, el interesado (titular o tenedor) podrá optar por el pago voluntario de la infracción. Para ello deberá existir reconocimiento voluntario de la infracción. En esos casos el trámite tiene los efectos de una sentencia condenatoria. Para la determinación del pago voluntario el valor que corresponda se calculará sobre el mínimo de la sanción pecuniaria según el tipo de sanción de que se trate, fijándose una reducción del 50% sobre ese valor, siempre y cuando no exista declaración de reincidencia, debiéndose adicionar los que correspondiere al pago de traslado y estadía en el Centro Único de Depósito Vehicular. La Administración General de Tribunales de Faltas es el organismo encargado del trámite abreviado de retiro del rodado retenido preventivamente, debiendo dar trámite inmediato a la solicitud de entrega de los rodados previo pago de los gastos que demanden el traslado, estadía y el pago de la infracción. En los casos autorizados al procedimiento abreviado de entrega de los rodados, las actuaciones estará a disposición de la Administración General de Tribunales de Faltas por el término de 22 días hábiles, luego del cual deberá remitir a los Juzgado de Faltas para la aplicación del procedimiento correspondiente según lo establece el Código de Procedimiento de Faltas Municipal. Casos Excluidos del Trámite Abreviado: Quedan excluidos del trámite abreviado de entrega de vehículos retirados de la vía pública, los procedimientos que involucren infracciones de carácter gravísimo como las que corresponden a las siguientes: estado manifiesto de alteración psíquica, de ebriedad o conducción bajo la acción de tóxicos estupefacientes o agresión física al inspector, en cuyo caso no procede el trámite de pago voluntario y se debe sortear el juzgado que resulte competente de forma inmediata.

Para más información sobre trámite de secuestro ver:

Boletín Oficial 2751-Ordenanza 6543/17