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Traslado de fallecido

La autorización que brinda la Dirección General de Defunciones tiene una vigencia de 10 días. Recordá que solo lo podrá realizar familiar directo y deberás presentar acreditación de vínculo familiar como acta de nacimiento, libreta de matrimonio, etc.

¿En qué consiste el trámite?: 

Con este trámite podrás obtener el permiso para trasladar los restos dentro del ejido municipal, fuera del ejido municipal y a crematorios.

¿Dónde y cuándo puede iniciarse el trámite?: 

Deberá presentar la documentación requerida ante la Dirección General de Defunciones, situada en calle 25  de mayo 1132 de Lunes a Domingo y feriados de 07:00 hs a 19:00 hs

¿Quién puede efectuarlo?: 

El trámite podrá ser realizado por un familiar directo (que acredite el vínculo ) presentando documentación como acta de nacimiento, libreta de matrimonio, etc.

¿Cuáles son los requisitos?: 

Para el caso de fallecimientos en hospitales/domicilios u otros y el traslado se realiza dentro y fuera del ejido municipal

Para iniciar el trámite, deberás:

  • Presentar Acta de Defunción y permiso de inhumación, podrás obtenerlo en el Registro Provincial de las Personas, situado en San Lorenzo 837, de Lunes a Viernes entre las 07:00 hs y 13:00 hs . Fin de semana y feriados Hospital Vidal y Hospital Llano de 07:00 hs a 12:30 hs
  • Para el caso de solicitud de traslado a crematorio, constancia de cremación expedida por la empresa crematoria.
  • Abonar un timbrado por el derecho solicitado según tarifaria vigente Ord. 7706/25 Art. 59 Inc. a) y b) de $12.237
  • Presentar DNI y copias legibles de los responsables, acta de vínculo familiar como ser acta de nacimiento,  libreta de matrimonio, etc. formulario de acreditación de vínculo mediante declaración jurada. Para descargar el formulario hace click aquí  Formulario F.CEM.13
  • Para el caso de Exhumación y posterior traslado al crematorio: el titular deberá presentarse en el cementerio (solicitar turno) acreditar vínculo con el fallecido (acta de nacimiento, libreta de familia etc) comprobante de impuesto de mantenimiento de cementerio al día, constancia de solicitud de cremación expedida por la empresa crematoria.
  • INFORMACIÓN IMPORTANTE : Los traslados se deben realizar en vehículo habilitado conforme los artículos 76/77/78/79 según Ord. 7310/22 quedando prohíbido el traslado en vehículos partículares, de lo contrario, no se emite el permiso.

¿Cuáles son los costos relacionados al inicio del trámite?: 

Para iniciar este trámite deberás abonar:

  • Por cada certificado de libre tránsito para trasladar restos dentro y fuera del ejido municipal deberás abonar: $12.237 Art. 59 Ord. 7706/25
  • Tarifa vigente hasta Diciembre del 2026

Cuándo y dónde se pueden abonar los costos?: 

Lo podrás abonar en cualquiera de los siguientes puntos de la ciudad:

LUGARES DIRECCIÓN HORARIOS DE LIQUIDACIONES HORARIOS DE PAGOS
CAJA MUNICIPAL DE PRESTAMOS BRASIL 1251 07:30 a 12:30 hs. 07:30 a 12:30 hs.
16:00 a 20:30 hs. 16:00 a 20:30 hs.
PALACIO MUNICIPAL 25 DE MAYO 1132 07:30 a 12:30 hs. 07:30 a 12:30 hs.
CENTRO EMISOR DE LICENCIAS AV. RAUL ALFONSIN 3845 07:00 a 19:00 hs. 07:00 a 19:00 hs.
ACOR AV. LA PAZ 2440  07:15 a 16:00 hs. 07:15 a 16:00 hs.

 

Medios de pago habilitados:

  • En la Caja Municipal de Préstamos, el Palacio Municipal, las Delegaciones Barriales y ACoR podrás abonar con:
  • Efectivo
  • Tarjeta de crédito: Visa, MasterCard, American Express, Cabal o Argencard. Hasta en 6 cuotas sin interés.
  • Tarjeta de débito: VISA o MAESTRO

Otros medios de pago habilitados:

  • Home Banking: Podrás obtener información y consultar el código de pago electrónico ingresando al siguiente link: www.acor.gob.ar
  • En Pago Fácil:  Recordá que previamente deberás tener la liquidación impresa.
  • Por Internet: podrás realizar una transferencia bancaria a la cuenta de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes ingresando a www.acor.gob.ar  → SERVICIOS EN LÍNEA  → INFORME DE TRANSFERENCIAS

Que Ordenanza regula éste proceso? : 

Ord. nro 7310/22

Pasos y tiempo de espera: 

Para el caso de exhumación y posterior traslado al crematorio: : Deberás  Iniciar el trámite en el Cementerio donde se encuentran los restos, luego acudir a la Dirección General de Defunciones y la autorización se otorga en el momento siempre y cuando la documentación presentada sea la correcta. 

Para el caso de traslados donde el fallecimiento se produjo en hospitales u otro  hacia otros lugares dentro y fuera del ejido municipal: solicitar la baja y permiso de inhumación (que se obtiene en el Registro Civil) y luego acudir a la Dirección General de Defunciones y la autorización se otorga en el momento siempre y cuando la documentación presentada sea la correcta. 

 

 

 

Vigencia del trámite: 

 La autorización tiene una vigencia de 10 días. Transcurrido ese tiempo deberás acercarte a la Dirección General de Defunciones para renovar el mismo. 

¿Cuántas veces debo concurrir al organismo?: 

Una sola vez al momento de presentar la documentación y retirar la autorización. 

Área responsable de dar respuesta al trámite:: 

Secretaria de Hacienda | Dirección General de Defunciones.

Vías de contacto:: 

Dirección General de Defunciones: 3795 181263 de 07:30 hs a 12:30 hs
Mesa de Entradas del Palacio: 379-4474720.
Consultas en general en el servicio de atención al ciudadano: Línea rotativa gratuita (24 hs) 147.

  • 379-4474791 int 4791

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