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Introducción de Restos Cremados

La autorización de introducción de restos cremados al cementerio se otorga en el momento, siempre y cuando la documentación presentada en la Dirección de Cementerios o Dirección General de Defunciones sea la correcta y esté completa. Esta Dirección atiende todos los días de la semana, incluidos sábados, domingos y feriados, en horarios de corrido.
El permiso tiene una vigencia de 30 (treinta) días, transcurrido ese tiempo deberás acercarte nuevamente a la Dirección General de Defunciones a fin de renovarlo. 

¿En qué consiste el trámite?: 

Con este trámite podrás solicitar la introducción de restos cremados al cementerio. 

¿Dónde y cuándo puede iniciarse el trámite?: 

Deberás iniciar el trámite ante la Dirección de Cementerio San Juan Bautista o Laguna Brava (según dónde se realizará la introducción de cenizas) a fin de solicitar el Informe de Cementerio.

Luego dirigirse a la Dirección General de Defunciones, situado en calle 25 de Mayo 1132 de Lunes a Viernes, fines de semana, feriados entre 7 a 19hrs, a fin de solicitar el permiso de introducción de cenizas.

¿Quién puede efectuarlo?: 

El trámite podrá ser realizado por el titular del lugar  o en caso de ser para cinerario municipal el familiar.

¿Cuáles son los requisitos?: 

Para iniciar el trámite, deberás: 

  • Solicitar Informe expedido por el Cementerio San Juan Bautista o Laguna Brava (según dónde se realizará la introducción de cenizas).
  • Presentar comprobante de cremación expedido por la empresa crematoria.
  • Boleta del impuesto delcementerio al día. 
  • Autorización por escrito del propietario del lugar, a través de nota en caso de no ser el titular y acreditación de vínculo con el fallecido.
  • Presentar copia legible del DNI del titular.

¿Cuáles son los costos relacionados con el inicio del trámite?: 

Ord 7569/24

  • Introducción de cenizas en lugares que no sea cinerario municipal $12550
  • Sin costo, cuando la introducción de cenizas es en el cinerario municipal

Montos vigentes desde enero 2026.

¿Cuándo y dónde podrán abonarse dichos costos?: 

Deberás concurrir una vez a la Administración del cementerio donde desee introducir las cenizas y una vez a la Dirección General de Defunciones para obtener la autorización.

Pasos y tiempo de espera: 

Deberás iniciar el trámite en la Dirección de Cementerio de San Juan Bautista o Laguna Brava según corresponda y luego dirigirse a la Dirección General de Defunciones y se otorfa la autorización al momento, siempre y cuando la documentación sea la correcta.

Vigencia del trámite: 

El trámite tiene vigencia de 30 (treinta) días  

¿Cuántas veces se debe concurrir al organismo?: 

Deberás concurrir una vez a la Administración del cementerio donde desea introducir las cenizas y una vez a la Dirección General de Defunciones para obtener la autorización.
 

Área responsable de dar solución al trámite: 

Secretaria de Hacienda | Dirección General de Defunciones.
 

Vías de Contacto: 

Dirección General de Defunciones: 3795-181263
Consultas en general en el servicio de atención al ciudadano: Línea rotativa gratuita (24 hs) 147.

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