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Exención de Impuesto Inmobiliario para Ex combatientes

Este trámite sólo podrán realizarlo los ex combatientes.

¿En qué consiste el trámite?: 

Con este trámite podrás adquirir el permiso de no abonar el impuesto inmobiliario si sos ex combatiente.

¿Qué Ordenanza regula este proceso?: 

Ordenanza que regula proceso Ord.5365 /2010 (Ref., Código Fiscal-Ord. 6525/2016-Resol.2844).

¿Dónde y cuándo puede iniciarse el trámite?: 

El trámite se inicia por primera vez, por Expediente ante la Mesa General de Entradas del Palacio Municipal, situado en 25 de Mayo 1132, de Lunes a Viernes de 07:30 a 12:30 hs. 

El Expediente será remitido dentro de las 72 hs a la Agencia Correntina de Recaudación, situado en Av. La Paz 2440, de Lunes a Viernes de 07:15 hs a 16:45 hs, donde deberás acercarte si deseas conocer el estado en el que se encuentra tu expediente.

En los casos de solicitud de eximición de ex combatientes, el trámite se inicia y finaliza en ACOR, de Lunes a Viernes de 08:00 hs a 13:00 hs.

¿Quién puede efectuarlo?: 

El trámite puede efectuarlo, el interesado personalmente o un representante debidamente autorizado.

¿Cuáles son los requisitos?: 

  1. Nota al Sr Intendente solicitando el pedido de eximición con número de Adrema.
  2. Historia clínica actualizada expedida por organismo público.
  3. Constancia de Ex combatiente.
  4. Certificado de domicilio expedido por la policía, del inmueble por el que se solicita.
  5. INFORME DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE mediante: boleto compra-venta, adjudicación de terrenos fiscales, sesión de derecho o boleto de compra venta y firma certificada.
  6. Boleta de servicio (agua de Ctes, DPEC, teléfono) donde figure el nombre del contribuyente y el domicilio del inmueble por el cual se solicita el pedido.

El expediente se puede seguir a través de http://ciudaddecorrientes.gov.ar/consulta-de-expedientes.

 Vía de contacto para mayor información http://acor.gob.ar/

¿Cuáles son los costos relacionados al inicio del trámite?: 

Como requisito para iniciar el trámite, deberás abonar: 

  • El timbrado por inicio de expediente de $2700 (art. 52 inc a. Ordenanza 7427/23)

Costos vigentes al 1º de mayo del 2024, sujeto a cambios según articulo 84 de la tarifaria virgente (ord. 7427/23)

¿Cuándo y dónde se pueden abonar los costos?: 

Podrás abonar los costos mencionados anteriormente a través de los medios de pagos Medios de pago habilitados:

- En la Caja Municipal de Préstamos, el Palacio Municipal, las Delegaciones Barriales y ACoR podrás abonar con:

  •  Efectivo
  • Tarjeta de crédito: Visa, MasterCard, American Express, Cabal o Argencard. Hasta en 6 cuotas sin interés.
  • Tarjeta de débito: VISA o MAESTRO

- Otros medios de pago habilitados:

  • Home Banking: Podrás obtener información y consultar el código de pago electrónico ingresando al siguiente link: www.acor.gob.ar
  • En Pago Fácil: Recordá que previamente deberás tener la liquidación impresa.
  • Por Internet: podrás realizar una transferencia bancaria a la cuenta de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes ingresando a www.acor.gob.ar   → SERVICIOS EN LÍNEA →  INFORME DE TRANSFERENCIAS 

o bien de forma presencial y en efectivo con la liquidación impresa en cualquiera de los siguientes puntos de la ciudad:
 

LUGARES DIRECCIÓN HORARIOS DE LIQUIDACIONES  HORARIOS DE PAGOS
CAJA MUNICIPAL DE PRESTAMOS BRASIL 1251 07:30 a 12:30 hs 07:30 a 12:30 hs.
  16:00 a 20:30 hs. 16:00 a 20:30 hs
PALACIO MUNICIPAL 25 DE MAYO 1132 07:30 a 12:30 hs. 07:30 a 12:30 hs.
CENTRO EMISOR DE LICENCIA AV. RAUL ALFONSIN 3845 07:00 a 19:00 hs. 07:00 a 19:00 hs.
ACOR AV. LA PAZ 2440 07:15 a 16:00 hs. 07:15 a 16:00 hs.

 

Pasos y tiempo de espera: 

Deberás acercarte a la Mesa General de Entradas del Palacio Municipal, situado en 25 de Mayo 1132, de Lunes a Viernes de 07:30 hs a 12:30 hs, para presentar la documentación requerida e iniciar el Expediente.
Transcurridas 72 hs aproximadamente, el expediente se remitirá a la Agencia Correntina de Recaudación, situado en Av. La Paz 2440. 
Luego de 10 (diez) días hábiles, te enviarán una copia de la Resolución de la exención del Impuesto al domicilio declarado en el Expediente.

¿Cuántas veces debo concurrir al organismo?: 

Una sola vez al Palacio Municipal.

Vigencia del trámite: 

La habilitación tiene vigencia de año calendario, hasta el 31 de Diciembre de cada año. 

Área responsable del trámite:: 

Secretaría de Hacienda / Agencia Correntina de Recaudación / Dirección General de Rentas / Departamento de Inmuebles

Vías de contacto:: 

Dirección General de Rentas: 3794-437477 o vía WhatsApp: 3794-230770
Mesa de Entradas del Palacio: 379-4474720

Consultas en general en el Servicio de Atención al Ciudadano:

  • Línea rotativa gratuita (24 hs): 0800-5555-6864.
  • Línea rotativa No gratuita (24 hs): 379-4425087.
  • 7:30 a 12:30 hs.

  • 25 de Mayo 1132

  • 3794-437477 / 379-4474720

  • Costo: $2700,00

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