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Cambio de Titularidad de Habilitaciones Comerciales

Finalidad del trámite: 

Con este trámite podés cambiar el titular de una habilitación comercial vigente, cuando el establecimiento mantiene la misma actividad, ubicación y condiciones, y solo cambia quien es el titular.

¿Dónde y cuándo?: 

Online: podés hacerlo desde cualquier lugar, las 24 horas, todos los días del año, desde Iniciar el trámite online.

  1. Registrate en la plataforma de Habilitaciones Comerciales con tu CUIT y tu clave fiscal de nivel 3 o 4.
  2. Iniciá el Trámite 315 de cambio de titularidad.
  3. Adjuntá la documentación.

Por el momento, este trámite se hace solo de forma online.

¿Quién puede realizar el trámite?: 

Lo puede solicitar el titular actual o el nuevo titular de la habilitación, que puede ser:

  1. Persona física: se registra con el CUIT del titular
  2. Persona jurídica: se registra con el CUIT de quien representa a la sociedad o del apoderado (con poder general o especial hecho ante escribano público)
  3. Sociedad simple
  4. Asociación, fundación, cooperativa, entidad civil o entidad sin personería jurídica, con o sin fines de lucro: se registra con el CUIT de quien representa a la entidad o del apoderado
  5. Sucesión
  6. Fideicomiso

Si hace falta, el trámite también lo puede hacer un gestor: se registra con su CUIT y formaliza la representación con la opción “Representando a:” dentro de la plataforma.

Normativa que regula el trámite: 
Requisitos: 

Para solicitar el cambio de titularidad tenés que presentar:

  1. Resolución, disposición o certificado de habilitación comercial vigente
  2. Formulario de cambio de titularidad [A completar: link al formulario], firmado por el titular anterior y el nuevo. Las firmas tienen que estar certificadas por escribano público o por la Escribanía Municipal, o hacerse ante un agente municipal autorizado de la Subsecretaría de Comercio
  3. Constancia de inscripción en ARCA del nuevo titular, con las actividades que corresponden
  4. Estado de deuda comercial del titular anterior, emitido por la Agencia Correntina de Recaudación (ACoR)
  5. Documentación del nuevo titular, según el caso:
    • Persona física: foto del DNI, frente y dorso
    • Persona jurídica: contrato social o instrumento constitutivo inscripto. Cuando corresponda, se puede pedir el acta de asamblea de designación de autoridades o un poder suficiente
    • Sociedad simple: foto del DNI de todos los integrantes y contrato social
    • Asociación, fundación, cooperativa, entidad civil u otra entidad asociativa: instrumento constitutivo y autorización expresa al representante que hace el trámite
    • Sucesión: copia certificada de la designación del administrador y del acta de toma de posesión del administrador judicial
    • Fideicomiso: contrato de fideicomiso inscripto en el registro público correspondiente, donde consten la designación del administrador y sus facultades

Requisito especial: cuando corresponda, tenés que presentar la autorización o habilitación del organismo nacional o provincial competente a nombre del nuevo titular.

Costos: 

El trámite es gratuito.

Vigencia del trámite: 

La habilitación comercial tiene carácter permanente mientras no cambien:

  1. La actividad habilitada
  2. La superficie o las condiciones del establecimiento
  3. La ubicación del comercio
  4. Las demás condiciones con las que se otorgó

También pierde vigencia si se deja de hacer la actividad.

Área responsable y vías de contacto: 

Si tenés dudas, podés comunicarte con la Dirección General de Desarrollo Comercial de la Subsecretaría de Comercio de la Secretaría de Hacienda:

  1. Teléfono: 3794-266044 (celular de la Subsecretaría de Comercio)
  2. Correo electrónico: habilitaciones@ciudaddecorrientes.gov.ar
  3. Mesa de ayuda de habilitaciones comerciales: simplificacionmcc.freshdesk.com

También podés llamar a la línea 147, gratuita y disponible las 24 horas.

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