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Feria administrativa extraordinaria municipal del 26 al 30 de diciembre
El intendente Eduardo Tassano resolvió la medida extraordinaria a aplicarse en la semana entre Navidad y Año Nuevo, que alcanzará a todos los agentes dependientes de la Municipalidad de Corrientes. Se apunta a “promover el esparcimiento, la integración social y familiar”, según se especifica en la resolución Nº 2819.
El intendente Eduardo Tassano declaró una feria administrativa extraordinaria para todo el personal municipal en la semana del 26 al 30 de diciembre, entre las celebraciones de Navidad y Año Nuevo, con el objeto de “promover el esparcimiento, la integración social y familiar”, según se especifica en la resolución Nº 2819 firmada con fecha de 13 de diciembre de 2018.
A su vez, la feria ordinaria se desarrollará en dos tramos: el primer turno, del 2 al 8 de enero de 2019; y el segundo turno, del 9 al 15 de enero de 2019, con lo cual los agentes retomarán a sus actividades el 16 de enero de ese año.
En el artículo 1º, se especificó: “Declarar feria administrativa extraordinaria a la totalidad del personal municipal, en el ámbito de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, con goce de haberes desde el 26 al 30 de diciembre de 2018”, entre las fiestas de Navidad y Año Nuevo (cabe remarcar que tanto el 24 como el 31 de diciembre son días no laborables en todo el país).
A su vez, en el artículo 2º se estableció la declaración de la “feria administrativa ordinaria (…) dividiéndose en dos turnos: primer turno, del 2 al 8 de enero de 2019, y segundo turno del 9 al 15 de enero de 2019, retomando el 16 de enero de 2019 todos los agentes a la prestación regular de sus tareas”.
En el artículo 3º se especificó que el uso de las ferias administrativas ordinarias y extraordinarias dispuestas es de carácter obligatorio y no podrá ser suspendida, con excepción de los agentes pertenecientes a la Dirección General de Higiene Urbana, dependiente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, y aquellos que por estrictas razones de servicios así lo disponga el secretario del área, mediante disposición. Asimismo, la fecha límite para el uso de la feria en ese tipo de casos concretos es el 30 de abril de 2019, según versa el artículo 4º de la normativa.
La decisión, implementada a través de la resolución Nº 2819, con fecha de 13 de diciembre de 2018, se tomó considerando las celebraciones de Navidad y Año Nuevo, como así también la necesidad de fijar las fechas para la feria administrativa “promoviendo el esparcimiento, la integración social y familiar”, según se establece en los considerandos.
A su vez, se remarcó que debido a la diversidad de servicios que brinda el municipio y al carácter esencial de muchos de ellos, debe garantizarse la prestación de servicios básicos, para mantener su funcionamiento.
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