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Comercios no deben solicitar el uso obligatorio de barbijos a menores de 3 años
Lo dispuso la Subsecretaría de Comercio de la Municipalidad de Corrientes, tras las respectivas consultas al Comité de Crisis provincial, en el marco de las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
La Municipalidad de Corrientes dispuso que los comercios, supermercados e hipermercados no deben solicitar el uso obligatorio de barbijos o tapabocas a menores de tres años. La medida fue tomada tras las respectivas consultas al Comité de Crisis del Gobierno provincial.
Cabe aclarar que desde la Sociedad Argentina de Pediatría no recomiendan el uso de protectores faciales en menores ya que puede ocasionar la asfixia involuntaria y podrían dificultar la respiración. Por lo que se recomienda mantener el distanciamiento social, y que los miembros de la familia se laven las manos antes de tocar al bebé o al niño pequeño.
Se trata de la Disposición N° 110 emitida por la Subsecretaría de Comercio, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico, en el marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio que rige en la provincia.
En el artículo 1 de la Disposición con fecha 2 de julio, se establece que “los establecimientos comerciales, supermercados e hipermercados no podrán requerir como requisito para el ingreso a los mismos, la utilización de barbijos comunitarios, máscaras o protectores faciales y/o elementos de protección facial a menores de tres años”.
Vale recordar que el uso de tapabocas para el resto de la población es de manera obligatoria, de acuerdo a lo dispuesto por el Gobierno provincial.
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