descripcion:
Inhabilitaciones para conducir todo tipo de vehículo moto propulsado –Art. 53º de la Ordenanza 2081 B.M. 378 y Art. 1º de la Ordenanza 5466 B.M. 1472. Oficiar a la Dirección de Tránsito, Prensa Municipal y Boletín Municipal, conforme al Art. 12º de la Ordenanza 2081 B.M. 378.
Boletin:
Numero:
2 549
fecha:
Viernes, Abril 8, 2016